Que Hacienda te persiga por vender en Wallapop no es tan fácil
La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha clarificado recientemente que, a pesar de realizar múltiples ventas de segunda mano o superar ciertos umbrales de importación, los vendedores particulares no están obligados a pagar el IRPF si no obtienen ganancias de capital. Este anuncio viene en respuesta a la confusión generada por la implementación de la Directiva Europea DAC 7 y el Real Decreto 117/2024 en España, que exige a las plataformas de venta como Wallapop informar sobre las actividades de sus usuarios a la Agencia Tributaria.
Según la OCU, la ley solo requiere el pago de impuestos sobre la renta cuando se genera una ganancia patrimonial, es decir, cuando el precio de venta de un artículo es superior al de compra. Por ejemplo, si un móvil comprado por 500 euros se vende por 200, el vendedor en realidad incurre en una pérdida de 300 euros, no generando ganancia alguna.
Las plataformas están obligadas a reportar las actividades de quienes venden más de 30 artículos al año o aquellos cuyas ventas superen los 2,000 euros. No obstante, la OCU asegura que, a menos que haya un beneficio real, los particulares no deberán pagar IRPF. Además, critica la inacción de las plataformas en facilitar esta información, destacando que deberían ayudar más activamente a los usuarios a comprender sus obligaciones fiscales.
La OCU también advierte que, aunque es raro que la Agencia Tributaria sancione a los vendedores particulares por pequeñas ganancias, es crucial declarar cualquier beneficio para evitar posibles inspecciones fiscales. En el caso de que las ventas resulten en ganancias, estas deben declararse como ingresos del ahorro y tributarse según una escala progresiva que comienza en el 19% para los primeros 6,000 euros y escala hasta el 28% para ingresos superiores a 300,000 euros. Sin embargo, es importante notar que las pérdidas no son deducibles, ya que no se pueden computar las pérdidas de valor debido al uso normal de bienes de consumo duradero.