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Ruiz de Almirón y Cristina Ramos, los asesores que trabajan para el PP pero cobran un sueldo público del Ayuntamiento de Madrid

Almeida en El Retiro
Almeida en El Retiro

El Ayuntamiento de Madrid financia con fondos municipales los salarios de dos asesores vinculados al secretario general del Partido Popular de Madrid, Alfonso Serrano. Ambos figuran formalmente como personal eventual del Grupo Municipal Popular, pero su trabajo cotidiano se desarrolla en la estructura regional del partido y no en el Consistorio. Se trata de Víctor Ruiz de Almirón López, exjefe de prensa del PP madrileño, y Cristina Ramos García-Patrón, periodista y responsable de comunicación del PP en la Comunidad de Madrid.

Ruiz de Almirón fue nombrado en abril como asesor eventual del grupo municipal, con un salario de 63.159 euros anuales a cargo del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid. Sin embargo, según la información publicada por Cadena SER, su labor consiste principalmente en asesorar en comunicación a Alfonso Serrano y a otros cargos del PP regional, sin funciones identificables dentro del consistorio.

Por su parte, Cristina Ramos percibe 51.429 euros anuales también con cargo al Ayuntamiento, aunque coordina actos y comunicación del PP madrileño, ejerciendo tareas propias de un aparato partidista y no de un grupo municipal. Ambos prestan sus servicios fuera de dependencias municipales, concretamente en la sede regional del PP, lo que contradice la normativa interna que exige que el personal eventual se adscriba exclusivamente a tareas dentro del ámbito institucional del Ayuntamiento de Madrid.

El caso adquiere un matiz más opaco al consultar el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Madrid, donde las fichas de ambos asesores incluyen la advertencia “El perfil profesional no ha sido proporcionado por el obligado”. Este incumplimiento vulnera la Ley de Transparencia de 2013 y la Ordenanza municipal de 2016, que obligan a publicar la trayectoria, funciones y retribuciones del personal eventual. La falta de información impide el control ciudadano sobre el destino de los fondos públicos y debilita la confianza en la gestión municipal.

La normativa municipal de 2014 que regula al personal eventual en el Ayuntamiento de Madrid establece que sus funciones deben limitarse al ámbito institucional y que no pueden destinarse a estructuras partidistas. El artículo 104 de la Ley de Bases del Régimen Local refuerza ese principio al indicar que estos cargos sólo pueden desempeñar tareas de confianza o asesoramiento especial para órganos del propio Ayuntamiento.

El alcalde José Luis Martínez-Almeida ha defendido públicamente a los asesores, asegurando que “trabajan para el grupo municipal en coordinación con el PP de Madrid” y que “no hacen nada distinto a lo que sucede en otros grupos”. Pero el argumento de la coordinación no resuelve el conflicto jurídico de fondo. Los asesores no trabajan para concejales ni órganos municipales, sino para un cargo del PP que ni siquiera forma parte del Ayuntamiento, lo que supone una desviación de finalidad y un uso inadecuado de fondos públicos.

El Tribunal Supremo ha advertido en distintas sentencias que el uso de personal eventual para fines ajenos a la institución puede derivar en nulidad del nombramiento. En 2008, el alto tribunal anuló un caso similar al considerar que se trataba de una “distorsión de la figura del asesor de confianza”. También el TSJ de Andalucía, en 2022, recordó que cuando un eventual realiza tareas fuera del ámbito institucional “se vulnera el principio de legalidad y puede existir responsabilidad contable”.

Más allá del plano jurídico, el episodio refleja un gesto de arrogancia política. Mientras el alcalde reprocha al Gobierno central el uso de asesores para fines privados, tolera y ampara con dinero municipal a cargos que sirven al PP regional. Ese doble rasero erosiona el discurso de ejemplaridad que Martínez-Almeida exige a otras administraciones.

El caso vuelve a evidenciar la necesidad de reforzar el control sobre el personal eventual del Ayuntamiento de Madrid y de garantizar una separación real entre partido y administración. Sin transparencia ni límites claros, los fondos públicos corren el riesgo de financiar lo que la ley prohíbe: la estructura interna de un partido político.

Además, fuentes jurídicas consultadas no descartan que esta situación pueda derivar en una denuncia ante la Fiscalía, ya que existen indicios de posible malversación de fondos públicos o desviación de recursos municipales hacia fines partidistas. Algunas personas ya estarían estudiando la presentación formal de una denuncia para que se investigue si se ha producido una infracción penal o administrativa en estos nombramientos.